A las familias les ocurre lo mismo que a las empresas españolas. Su capacidad de refinanciar la deuda ha llegado a su fin.

Las primeras y segundas refinanciaciones realizados en los años 2008 y 2010 que las familias acometieron al comienzo de las crisis, han llegado a su vencimiento y ahora toca volver a refinanciar. El problema es que el sector financiero y la situación económica impide a la mayoría de entidades financieras a acometer una nueva refinanciación de familias que son incapaces de repagar su deuda.

Por tanto, cada vez existe menos margen para la refinanciación de la deuda, tanto para las familias y autónomos que llevan muchos meses continuados de deterioro financiero como de las entidades financieras, que ya tienen capacidad para inyectar dinero nuevo y para acometer terceras refinanciaciones sin que puedan ser entendidas como una huída hacia delante.

Las estadísticas del número de concursos de acreedores de persona física con y sin actividad empresarial en España, no reflejan la situación real en comparación con las ejecuciones hipotecarias que se presentan al año en España, ni con los concursos de acreedores de personas físicas que se presentan en países como Francia y Alemania.

De cada diez familias y autónomos en insolvencia, solamente a una le encaja la posibilidad de acceder al procedimiento concursal para reestructurar sus deudas.

Con este artículo pretendo dar a conocer un caso real de éxito de un concurso de acreedores de persona físicas y al mismo tiempo advertir un cambio de tendencia positivo por parte de las entidades financieras más importantes a la hora de comparecer y votar en los convenios de concursos de acreedores de persona física.

A modo de resumen podemos enumerar los requisitos para que un concurso de acreedores de persona física alcance el objetivo del convenio y sea un éxito:

1.- La persona física o deudor tiene que tener capacidad para seguir pagando la hipoteca o su alquiler, una vez iniciado el proceso concursal. No hace falta recordar, que el concurso de acreedores de persona física no paraliza la ejecución de una hipoteca.

2.- Solamente podremos reestructurar la deuda (conseguir quitas y esperas) de los créditos ordinarios y subordinados, no la hipotecaria (ésta se negocia extrajudicialmente). En la práctica son préstamos personas, tarjetas de crédito e intereses de esos créditos.

3.- Y como tercer requisito para que se un éxito, hasta la fecha, solamente se podía asegurar casi al 100 % un convenio o acuerdo favorable, si la mitad de la deuda ordinaria estaba compuesta por acreedores de entidades financieras como por ejemplo: cetelem, cofidis, citibank, Santander consumer, etc.. más vinculadas al préstamo al consumo. Con el voto a favor de estas entidades se aprobaba el convenio y se arrastraba al resto a respetar el acuerdo (quitas del 50 % de la deuda y esperas de 5 años, sin intereses).

El cambio de tendencia que he citado anteriormente, es que los bancos más importantes se están comenzado a votar a favor en los convenios concursales de persona física con quitas de hasta un 50 % y esperas de 5 años, sin intereses.

En el caso real y de éxito que expongo a continuación, loas bancos que han votado a favor y que han modificado su tendencia son Bankia, BBVA y Novagalicia banco.

Caso real de concurso de persona física

Se trata de un matrimonio que puede hacer frente a su hipoteca, pero que debido a varios préstamos personales (avales prestados en una actividad económica anterior), y la reducción de ingresos de uno de los componentes de la unidad familiar, se ven obligados a presentar concurso.

El listado de acreedores no invitaba al optimismo, ya que estaba formado por entidades que históricamente no han votado a favor los convenios y el deterioro por demandas de ejecución de los préstamos personales era demasiado alto.

Listado de acreedores

Nombre

Crédito Según Concursado

Crédito Según Acreedor

Importe Reconocido

Priv. Especial

Art. 90.1

Priv. General

Art. 91.4º

Ordinario

Subordinado

1

Ayuntamiento

450,00.-€

1.176,35.-€

1.176,35.-€

1147,66.-€

28,69.-€

2

Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

38.000,00.-€

49.034,17.-€

49.034,17.-€

41.917,09.-€

7.117,08.-€

3

Banco Financiero y de Ahorros S.A.

9.197,00.-€

10.157,32.-€

10.157,32.-€

8.637,65.-€

1.519,67.-€

4

Caixa de Aforros de Galicia, Vigo, Ourense y Pontevedra

21.000,00.-€

20.690,76.-€

20.690,76-€

20.400,50.-€

290,26.-€

5

Caja General de Ahorros de Granada

28.953,00.-€

28.757,83.-€

28.757,83.-€

22.401,97.-€

6.355,86.-€

6

Caja General de Ahorros de Granada

6.000,00.-€

1.892,17.-€

1.892,17.-€

1.892,17.-€

7

ING Direct, NV, Sucursal en España

290.150,00.-€

290.293,09.-€

290.293,09.-€

289.461,78.-€

462,11.-€

369,20.-€

8

Particular

3.000,00.-€

3.000,00.-€

3.000,00.-€

9

Tesorería General de la Seguridad Social

1.953,49.-€

1.953,49.-€

793,01.-€

793,01.-€

367,47.-€

 

 

 

 

 

 

 

 

Total

396.750,00.-€

403.955,18.-€

406.955,18.-€

290.609,44.-€

793,01.-€

99.504,50.-€

16.048,23.-€

 

Después de un año de negociaciones en el proceso concursal, hace unos días se celebró la Junta de acreedores en un Juzgado Mercantil de Andalucía y el resultado fue el siguiente:

 

Nombre

Crédito Según Concursado

Crédito Según Acreedor

Importe Reconocido

Ordinario

1

Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

38.000,00.-€

49.034,17.-€

49.034,17.-€

41.917,09.-€

2

Banco Financiero y de Ahorros S.A.

9.197,00.-€

10.157,32.-€

10.157,32.-€

8.637,65.-€

3

Caixa de Aforros de Galicia, Vigo, Ourense y Pontevedra

21.000,00.-€

20.690,76.-€

20.690,76-€

20.400,50.-€

 

 

 

 

 

Total

68.197,00.-€

79.882,25.-€

79.882,25.-€

70.955,24.-€

 

 

 

 

 

Gracias a las entidades BBVA, Bankia y Novagalicia Banco, los concursados consiguieron un 70 % de votos a favor al convenio que proponía una quita del 50 % de la deuda y pago en cinco años, (pagos anuales) y sin intereses. De una deuda de unos 100.000 euros, la familia devolverá 50.000 euros en cinco años y sin intereses, conforme al plan de pagos que se adjuntó a la propuesta de convenio presentada en su día.

El cambio de tendencia por parte de estas entidades es un paso gigante para que más familias puedan acceder a reestructurar sus deudas.

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