De acuerdo a la reforma aprobada por el Congreso,  el 11 de abril de 2021 se deberá elegir a los constituyentes que integrarán el órgano encargado de redactar la nueva Constitución.

La Convención Constituyente, estará integrada por 155 ciudadanos electos en base al sistema electoral de los diputados, quienes tendrán un plazo inicial de 9 meses para redactar la nueva Constitución.

La decisión que tomó la ciudadanía activó una serie de plazos que comenzaron a correr y que ha generado la discusión de diversas iniciativas legales.

El proyecto que busca reservar escaños para los pueblos originarios, que se votará esta semana en Sala, establece que se deberían agregar los escaños reservados, los que de acuerdo a lo aprobado por la Comisión de Constitución, serían 24 más 1 para los afrodescendientes.

La elección de los constituyentes se realizará el 11 de abril de 2021 junto con la de alcalde, concejales y gobernadores regionales.  

Una vez que se haya elegido a los constituyentes, el Presidente de la República deberá convocar a la primera sesión de instalación de la Convención, señalando el lugar de la convocatoria. En caso de no señalarlo, se instalará en la sede del Congreso Nacional y deberá realizarse dentro de los quince días posteriores a la fecha de publicación del decreto.

En su primera sesión, la Convención deberá elegir a un presidente y un vicepresidente por mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio.

Para aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas, deberá hacerlo con un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio y también tendrá que constituir una secretaría técnica, la que será conformada por personas de comprobada idoneidad académica o profesional.

La Convención deberá redactar y aprobar una propuesta de texto de la nueva Constitución en un plazo de 9 meses contado desde su instalación. Dicho plazo podrá prorrogarse tres meses, por una sola vez.

Una vez redactado y aprobado el nuevo texto constitucional, la convención se disolverá de pleno derecho y sus integrantes no podrán ser candidatos a cargos de elección popular mientras ejercen sus funciones y hasta un año después de que cesen en sus cargos.

Cuando la Convención de a conocer que ha terminado su propuesta de texto, el Presidente debe convocar a un plebiscito nacional constitucional para que la ciudadanía apruebe o rechace.

En este caso, el voto será obligatorio para los que residen en Chile y en caso de que no voten, serán sancionados con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 UTM.

El día del plebiscito se le entregará al ciudadano una cédula electoral con la pregunta ¿aprueba el texto de la nueva constitución propuesto? y tendrá la opción de aprobar o rechazar.

Si se aprueba el texto propuesto por la Convención, el Presidente de la República deberá convocar al Congreso Pleno para que en un acto público y solemne se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la nueva Constitución Política.

Por último, se dispuso que la nueva carta fundamental  deberá imprimirse y repartirse gratuitamente para todos los establecimientos educacionales, públicos o privados, bibliotecas municipales, universidades y órganos del Estado.

Fuente: Cámara de Senadores, República de Chile


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