En el Senado de la República de Chile avanza el debate que gira en torno a la regulación los progenitores dentro del matrimonio igualitario.

 

Con el análisis de tres indicaciones de las 25 indicaciones presentadas a la iniciativa, la Comisión de Constitución del Senado entró de lleno al debate en particular del proyecto que modifica diversos cuerpos legales para regular en igualdad de condiciones el matrimonio de parejas del mismo sexo.

Alejandro Usen, Profesor de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho  de la Universidad Central de Chile sostiene que el debate sobre el matrimonio igualitario está instalado en Chile.  

Si bien cada cierto tiempo surgen acciones que lo revitalizan, el catedrático señala que estas acciones apuntan, correcta y concretamente, a que en sede legislativa se dé una solución definitiva, es decir, suprimir el concepto legal de matrimonio civil concebido como el contrato solemne que sólo pueden celebrar una mujer y un hombre.

En este sentido, el Senado solicitó un informe de derecho comparado para analizar cómo ha sido el tratamiento legal del concepto de progenitores en legislaciones similares y se acordó invitar a profesores de derecho civil.

El mensaje que cumple su primer trámite, fue aprobado en general por la sala el año pasado con 22 votos a favor, 16 en contra y 1 abstención  y tras ello se abrió plazo para presentarle indicaciones.

En total fueron 25 los cambios propuestos y previo a la discusión de cada uno de ellos, se escuchó a representantes de la Fundación Iguales y del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual, MOVILH.

En la última sesión de la Comisión, se inició el debate de las indicaciones, centrándose el análisis en lo relativo a cómo se establecerá en la legislación lo relativo a los progenitores.

Para ello se acordó solicitar un informe de legislación comparada a la Biblioteca del Congreso Nacional, para estudiar cómo se ha tratado ese concepto en términos legales en las legislaciones de otros países. Del mismo modo, se invitará a profesores de derecho civil expertos en materia de familia.

El senador Juan Ignacio Latorre planteó que «los progenitores son aquellas personas respecto de las cuales se ha determinado la relación de filiación, es decir su madre y su padre, sus dos madres o sus dos o padres. Si la filiación fue determinada por dos padres, se llamará copaternidad y en el caso que haya sido por dos madres, comaternidad».

Asimismo, plantea que «las leyes u otras disposiciones que hagan referencia a las experiencias padre y madre o bien, padre o madre u otras semejantes, se entenderán aplicables a todos los progenitores, sin distinción de sexo. En ningún caso esto podrá ser utilizado para restringir o limitar los derechos de los progenitores y sus hijos».

Finalmente, se analizó otra propuesta del parlamentario que señala que «la filiación de los hijos puede no encontrase determinada respecto de uno de sus progenitores, o de ambos».

Fuente: Senado de la República de Chile


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