Las empresas salen al exterior al estar la demanda interna contraida por la crisis. En el caso de España, tal y como apuntaba hace unos días el portavoz del PP, Cristóbal Montoro, casi el 50 por cien del PIB de nuestro país proviene ya de inversiones extranjeras. En un contexto internacional es fundamental respaldar cualquier acción de este tipo. En países emergentes como China, diferentes despachos de abogados señalan la necesidad de acudir al arbitraje por su rapidez y cualificación de los árbitros. Según datos de Cortizo Abogados, despacho especializado en el desarrollo de inversiones en este país, la actividad comercial desde la incorporación de esta nación a la Organización Mundial del Comercio se ha incrementado de forma notable
En un contexto de crisis como el que vivimos es evidente que no está ajeno a los conflictos que puedan surgir desde el punto de vista económico. “Sabiendo que la legislación china sigue siendo compleja, los despachos consultados señalan en la necesidad de acudir al arbitraje para lograr una solución rápida en este tipo de litigios.” tal y como recomienda el propio Omar Puertas, director de la oficina de Cuatrecasas, Gonçalves y Pereira en Shangai. Desde su punto de vista “Las principales ventajas y a riesgo de generalizar, son la rapidez, la posibilidad de elegir árbitros con las cualificaciones apropiadas a la posible complejidad del caso, las garantías procedimentales y la ejecución del correspondiente laudo arbitral. “
Hay que recordar que China, las partes de una operación internacional (ya sean foráneas o locales) pueden optar por el arbitraje como mecanismo de resolución de controversias con carácter preferente mediante la inclusión de una cláusula de arbitraje en el contrato, o bien mediante la celebración de un acuerdo de arbitraje en el que se especifique la comisión arbitral, el lugar de celebración, el reglamento, idioma etc. La comisión arbitral podrá ser extranjera o china y no estará sujeta a ninguna restricción de jurisdicción exclusiva en virtud de la legislación china. Asimismo, el procedimiento arbitral podrá celebrarse en China o en cualquier otro país
Desde Garrigues, Manuel Torres su socio director también en Shangai señala que en China, existen tres tipos principales de organismos que pueden sustanciar procedimientos arbitrales referentes a controversias contractuales de comercio internacional: la Comisión de Arbitraje Comercial y Económico Internacional de China (CIETAC), asociada al Consejo para la Promoción del Comercio Internacional de China; la Comisión de Arbitraje Marítimo de China (CMAC), asociada a la Cámara de Comercio china; y las comisiones arbitrales locales creadas por las corporaciones locales. “La CIETAC es el órgano arbitral más conocido y prestigioso de China, con más de 50 años de experiencia en la resolución de conflictos internacionales, comenta Torres “ En cambio, las comisiones arbitrales locales tienen menos experiencia en el conocimiento de controversias internacionales, y cuentan con menos recursos que la CIETAC”.
Existe, igualmente, como alternativa a los organismos arbitrales chinos, la posibilidad de que las partes pueden optar por comisiones arbitrales extranjeras como la Corte de Arbitraje Internacional de la Cámara de Comercio Internacional (París), el Centro de Arbitraje Internacional de Hong Kong, el Centro de Arbitraje Internacional de Singapur o cualquier corte de arbitraje de prestigio en la jurisdicción del inversor extranjero. En caso de que los inversores extranjeros se decantasen por una cámara arbitral internacional, deberían tener en cuenta que, en tal caso, en China no se podrán solicitar medidas provisionales que afecten a partes de nacionalidad china
Las ventajas que ofrece el arbitraje quedan claras para José Luis Ruiz Galán, responsable de la oficina de Roca Junyet en China: “Generalmente el arbitraje es uno de los mejores métodos de resolución de disputas en China, ya que los tribunales, sobre todo en las zonas menos desarrolladas y expuestas a la inversión extranjera, están poco profesionalizados y puede que demuestren cierto favoritismo respecto las empresas locales. Por ello es conveniente a recurrir al arbitraje ya que garantiza una resolución más rápida y efectiva del conflicto de una forma favorable. Es importante tener en cuenta que lo más conveniente es que el arbitraje se realice en China, ya que, a pesar de que China es firmante del Convención de Nueva York de reconocimiento de laudos arbitrales, la ejecución de laudos extranjeros en China en muchos casos es bastante compleja. Con la excepción de aquellos emitidos en Hong Kong.”