La reciente Sentencia nº 791/2026 del Tribunal Supremo supone un importante respaldo para los profesionales sanitarios que realizan guardias de forma habitual. La resolución confirma que el complemento por atención continuada debe abonarse también durante las vacaciones cuando dichas guardias formen parte de la actividad ordinaria del profesional, evitando que el disfrute del descanso anual suponga una reducción de sus ingresos habituales.

negligencia médicaCon esta decisión, el Alto Tribunal fija un criterio objetivo de aplicación: el complemento deberá incluirse cuando el profesional haya realizado guardias durante, al menos, seis de los once meses anteriores al periodo vacacional, calculándose mediante la media aritmética de las cantidades percibidas en ese mismo periodo.

Para Unive Abogados, el valor de esta resolución va más allá del reconocimiento económico que puede suponer para numerosos profesionales sanitarios. La sentencia consolida una doctrina que refuerza el concepto de retribución ordinaria, recordando que el derecho a las vacaciones anuales retribuidas perdería efectividad si el trabajador dejara de percibir durante ese periodo conceptos salariales que forman parte de su actividad habitual.

Especial relevancia adquiere, además, el límite que el Tribunal Supremo vuelve a marcar a la negociación colectiva. La resolución recuerda que los pactos o acuerdos alcanzados en el ámbito de las relaciones laborales pueden mejorar los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico, pero no restringirlos cuando existe una doctrina consolidada sobre su alcance.

A juicio del despacho, esta sentencia debería servir también como una llamada a la revisión preventiva de las políticas retributivas. No solo porque puedan existir profesionales con derecho a reclamar diferencias salariales derivadas de una incorrecta retribución de sus vacaciones, sino porque obliga a las Administraciones Públicas a comprobar que sus sistemas de cálculo se ajustan a la doctrina fijada por el Tribunal Supremo.

«La trascendencia de esta sentencia no reside únicamente en las cantidades que puedan reclamarse. Su verdadera importancia está en que consolida un criterio claro sobre cómo debe protegerse el derecho a unas vacaciones efectivamente retribuidas y ofrece una mayor seguridad jurídica tanto a los profesionales como a las propias Administraciones. No todas las resoluciones judiciales adquieren relevancia por reconocer derechos nuevos; muchas de las más importantes lo son porque fijan criterios claros para interpretar y aplicar correctamente los ya existentes. Y esa es, precisamente, la principal aportación de la sentencia del Supremo», señalan desde Unive Abogados.

 

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