El Alto Tribunal ha estimado el recurso de casación interpuesto por el fiscal, y considera que Lidiano Llopis Jordá tuvo «una participación activa» en la trama defraudatoria que llevó a la entidad a la quiebra fraudulenta en 1991 dejando a más de 800 clientes afectados.

La Audiencia Provincial de Alicante condenó el pasado 1 de abril por estos hechos al padre de Jesús Lidiano y ex director general de la Caja de Crédito de Alcoy, Jesús Llopis Ferrer, a una pena de tres años, once meses y 29 días de prisión.

El fallo también condenó a la subdirectora general de la entidad, Mercedes Llopis Ceres, a dos años, once meses y 29 días de prisión, como responsables de un delito de insolvencia concursal punible con la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas.

En dicha sentencia, la Audiencia absolvió a Jesús Lidiano Llopis Jordá al considerar que no era «administrador de hecho ni de derecho de la entidad quebrada, por lo que no puede ser autor en sentido propio -de la quiebra fraudulenta-, sin perjuicio de que pueda ser responsable a título de cooperador», así como a los miembros del consejo rector de la entidad.

El fallo de la Audiencia de Alicante estimaba, que de ser responsable como cooperador, los delitos con penas de hasta seis años prescriben a los cinco, por lo que la responsabilidad criminal de Lidiano Llopis debía «declararse extinguida».

El Supremo considera que Lidiano Llopis Jordá fue cooperador necesario en el fraude y «no un mero auxiliar o instrumento» de la quiebra fraudulenta, puesto que «además de prestar colaboración para vaciar las arcas de la sociedad, obtuvo un saldo en cuenta corriente de 5.162 euros».

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