El Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo que declaró el Estado de Alarma en España a consecuencia de la crisis sanitaria generada por el Covid-19, acordó la suspensión de todos los plazos tanto procesales como administrativos, circunstancia que por supuesto afectaba a la tramitación de la gracia del Indulto.

Sorprendentemente, 6 días después, la Resolución de 20 de marzo de 2020, de la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, publicada en el BOE del día 21 de marzo, acordó “reanudar por razones de interés general” todos los procedimientos para solicitar y conceder la gracia del indulto que estuvieran en tramitación con fecha 14 de marzo de 2020 o que se hayan iniciado o vayan a iniciarse con posterioridad a dicha fecha.

Se añadía también que el “interés general” es la consecución de la “justicia material”, evitando los perjuicios que pudieran irrogarse por la suspensión que determina el estado de alarma. En consecuencia, se ha optado por reactivar los indultos que se estuvieran tramitando cuando entró en vigor el estado de alarma (14 de marzo) o los que se hayan iniciado o vayan a iniciarse con posterioridad a dicha fecha.

El indulto se regula en la Ley de 18 de junio de 1870, que establece las reglas para el ejercicio de la citada gracia, si bien ha sido objeto de numerosas modificaciones para adaptar la normativa, una de las más antiguas que perviven en el Ordenamiento Jurídico Español, a los tiempos actuales.

La citada norma indica en su artículo 11 que el indulto se otorga a los penados por razones de justicia, equidad o utilidad pública a juicio del Tribunal Sentenciador, siendo presupuesto inexcusable el arrepentimiento del reo.

Dado que la tramitación de los indultos puede demorase cerca de un año hasta que llegan a la mesa del Consejo de Ministros, cabe preguntarse entonces cuáles son las razones de la citada modificación.

Una explicación plausible puede ser una tradición ya arraigada en España, como es la de conceder el indulto a numerosos presos coincidiendo con las fechas de la Semana Santa, lo que habría llevado a activar de nuevo estos mecanismos.

No obstante lo anterior, también esta modificación es terreno abonado para otras hipótesis (el eventual indulto a los presos del procés), de improbable encaje en el momento actual.

Por último, añadiremos que, en lo que llevamos de año, el Gobierno ha concedido 10 indultos. El tiempo dirá si durante el Estado de Alarma se superaran dichas cifras o no.


Sobre el autor

  • Alberto González Martín
  • Abogado área Procesal
  • AGM Abogados

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