La Wikipedia define a un graduado social como a un asesor jurídico y económico en materia social y empresarial, que además es experto en relaciones laborales, recursos humanos, economía laboral consultor en derecho laboral y de la seguridad social. Esta profesión, al igual que la del abogado y la del procurador, están legitimadas para intervenir en procesos judiciales, pero se encuentra limitada al área del derecho laboral y de la seguridad social.

El Real Decreto Ley 17 de agosto de 1925, reguló la profesión de Graduado Social, por lo que, se debe de tomar esa fecha como la referencia de nacimiento de esta profesión. Profesión que realmente es joven en comparación con otras que llevan siglos de existencia, pero aún así, el Graduado Social ha conseguido en estos años, dentro de la Jurisdicción de lo Social, del mundo del Derecho del Trabajo, en las Universidades y ante las Instituciones y Organizaciones, el reconocimiento de una profesión como operadores jurídicos y especialistas cualificados en Derecho de Trabajo de la Seguridad Social y en el mundo de los Recursos Humanos y asesoramiento en Empresas.

Diferentes normas han ido regulando, desde entonces la profesión de Graduado Social, así como sus competencias y el perfil profesional, habiendo conseguido un pleno reconocimiento como operadores jurídicos en la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la Ley de la Jurisdicción de lo Social y en la Ley Concursal.

Para ser un profesional Graduado Social, ha de estarse en posesión de la titulación que acredite la formación específica del Título de Grado de Relaciones Laborales y Recursos Humanos (esta denominación varía en algunas Universidades como ocurre por ejemplo en la Universidad Carlos III de Madrid, donde recibe el nombre de “Título de Grado en Relaciones Laborales y Empleo”), la Diplomatura en Relaciones Laborales y Recursos Humanos o por los estudios de Graduado Social (En función del plan de estudios vigente en el momento de la obtención del título) y a la vez estar colegiado en el Colegio Oficial de la provincia donde se vaya a ejercer principalmente la actividad profesional.

Hoy en día, como ya hemos comentado es una Profesión, reconocida en las Instituciones Universitarias y en el Ministerio de Educación, existiendo tres modalidades diferentes para su colegiación: Libre, de empresa y no ejerciente, y para  aquellos Colegiados que se jubilan, pero quieren mantener el vínculo con su Colegio Profesional, se creó la modalidad de Colegiado Numerario.

Definición normativa del Graduado Social

A los Graduados Sociales, en su condición de técnicos en materias sociales, laborales, les corresponde las funciones de estudio, asesoramiento, representación y gestión, sin necesidad de apoderamiento especial, en los casos permitidos por la Ley, en todos aquellos asuntos laborales o sociales que les fueren encomendados por, o ante el Estado, Entidades Paraestatales, Corporaciones Locales, la Seguridad Social, la Organización Sindical, Entidades, Empresas y particulares.

Resulta incuestionable que los Graduados Sociales, tienen perfectamente delimitado su campo de actuación por el Derecho vigente, por lo que no se podrá irrumpir con carácter profesional por quienes no reúnan los requisitos que aquél establece.

Competencias: Actuaciones en el mundo del trabajo y seguridad social

  • VIA JUDICIAL: Representación ante los Tribunales de lo Social, (1º Instancia), en todo tipo de procedimientos laborales y de seguridad social de trabajadores y/o empresarios, Entidades: despidos, reclamación de cantidad, derechos, derechos fundamentales, prestaciones, etc. ante empresas, administración, entidades, corporaciones, etc. Representación en el Tribunal Superior de Justicia o el que corresponda en función del pleito y su naturaleza que realice las funciones de segunda instancia, para formular, presentar y representar a las partes en el Recurso de Suplicación.
  • VIA ADMINISTRATIVA: Representación y dirección técnica de procedimiento ante: Inspección de Trabajo (inspecciones, recursos, actas de infracción), centros de conciliación, reclamaciones previas a la vía jurisdiccional de lo Social. Prestaciones Contributivas y no contributivas. Ayudas sociales.
  • INSS: Solicitud y tramitación de pensiones (incapacidad, invalidez, jubilación, viudedad, orfandad, maternidad, paternidad); tramitación de documentos y procedimientos específicos para la cobertura sanitaria de ciudadanos o de trabajadores.
  • TESORERIA: Procedimientos de afiliación, cotización, reclamación de cuotas, de ingresos y o pagos, recaudación, etc.
  • IMSERSO y Servicios Sociales: Solicitud y tramitación de ayudas sociales, calificación de minusvalías.
  • EXTRANJERIA: Solicitud de permisos de trabajo y residencia, agrupación familiar, contingentes-etc.
  • PREVENCION DE RIESGOS: Asesoramiento y gestión en prevención de riesgos.
  • AUDITOR LABORAL: estudios y dictámenes
  • PERITO LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL: ante los Tribunales de Justicia.
  • CONCILIACIONES: Conciliadores en conflictos colectivos, convenios.
  • MEDIACION: mediación fuera de la esfera judicial, para que las partes que mantengan un pleito o discordancia puedan llegar a un mutuo acuerdo.
  • SERVICIOS A EMPRESAS: Los graduados Sociales, asesoran y gestionan la mayor parte de las pymes, tanto en materia laboral y de seguridad social, contabilidad, impuestos, prevención de riesgos- Representando incluso ante los organismos administrativos y judiciales.
  • SERVICIOS TRABAJADORES: Asesoran a los trabajadores, y representan ante la administración o juzgados, en reclamación de derechos, cantidad, despidos, prestaciones.
  • SERVICIOS A INSTITUCIONES, ORGANIZACIONES, ENTIDADES: en materia Laboral y de Seguridad Social, fiscalidad.

EJERCICIO PROFESIONAL COMO EJERCIENTE LIBRE

El Graduado Social, en el ejercicio libre de su profesión, asesora, representa y gestiona en materias sociales, laborales, de seguridad social y empleo a entidades, empresas y trabajadores. El carácter multidisciplinar de los estudios en Relaciones Laborales le permite adoptar un enfoque global para aquellos problemas que puedan llegar a su despacho, pues está en condiciones de analizar no sólo sus aspectos laborales, sino también cualquier otra faceta de los mismos, apoyándose en los conocimientos sociales, contables, fiscales y económicos que configuran una parte importante del plan de estudios.

Los Estatutos de los Colegios Oficiales de Graduados Sociales como el de la provincia de Álava, definen, como funciones propias de la profesión, las siguientes:

  • Estudio, asesoramiento, representación y gestión, sin necesidad de apoderamiento especial, en cuantos asuntos laborales sociales y fiscales le sean encomendados por o ante el Estado, Comunidades Autónomas, Corporaciones Provinciales y Locales, la Seguridad Social, entidades, empresas y particulares.
  • Representación en los procedimientos laborales y de Seguridad Social.
  • Cuantas otras funciones les atribuyan las leyes o disposiciones de carácter general.
  • Asistencia Técnica en la Jurisdicción de lo Social y Recurso de Suplicación

Para el ejercicio libre de la profesión es un requisito indispensable estar colegiado como Graduado Social.

La profesión de -Graduado Social-, entendido como el profesional que colabora, informa, apoya y, en definitiva, asesora a los distintos agentes sociales (empresarios y trabajadores), es la salida como profesional liberal de los estudios en Relaciones Laborales. Así pues, la elaboración de nóminas y contratos, tramitación de todo tipo de procedimientos (jubilaciones, altas, bajas, incapacidad-) ante la Seguridad Social y, singularmente, la intermediación en la resolución de conflictos laborales, son campos en los que los conocimientos adquiridos en diversas materias cursadas a lo largo de los estudios de Relaciones Laborales (Derecho del Trabajo I, Derecho del Trabajo II, Prácticas de Derecho del Trabajo, Seguridad Social, Prácticas de Seguridad Social, Derecho Sindical, Derecho Social Comunitario, Derecho Procesal Laboral, Derecho Tributario, Régimen Fiscal de la Empresa, Economía Laboral-) permiten a nuestros titulados desenvolverse con total solvencia.

Los Graduados Sociales están habilitados para personarse en representación de las empresas y los trabajadores ante los Tribunales de Justicia. El artículo 545.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su última reforma establece que: -En los procedimientos laborales y de Seguridad Social la representación técnica podrá ser ostentada por un graduado social colegiado, al que serán de aplicación las obligaciones inherentes a su función, de acuerdo con lo dispuesto en su ordenamiento jurídico profesional, en este título y especialmente en los artículos 187, 542.3 y 546 de esta Ley-.

De este modo, la actuación de los Graduados Sociales/Relaciones Laborales ante los órganos jurisdiccionales del orden social queda plenamente consolidada por lo dispuesto en esta ley.

EJERCICIO PROFESIONAL EN LA EMPRESA

En el ámbito de la empresa, pública y privada, la función del Graduado Social es la prestación de sus servicios profesionales en los departamentos de Personal y Recursos Humanos, bien desempeñado labores de dirección en aquellos, bien cumpliendo las funciones y tareas propias de su profesión y cometido.

Esta salida profesional no sólo se deduce del perfil reconocido por el R. D. 1429/1990 sino que, tradicionalmente, viene siendo desempeñada por los Graduados Sociales, de hecho, el 80% de las Pymes y muchas Grandes Empresas, están asesoradas por Graduados Sociales, que, a su vez, pertenecen a otras asociaciones profesionales como son AEDIPE.

Algunas de las funciones a desempeñar, dada su especialización, por el Graduado Social Ejerciente de Empresa en un Departamento de Personal y Recursos Humanos serían:

  • Confección de nóminas y seguros sociales
  • Trámites relativos a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, maternidad y situaciones de I. L. T.
  • Desarrollo y planificación de políticas formativas en la Empresa
  • Determinación de escalas salariales
  • Valoración de los puestos de trabajo
  • Selección de personal
  • Estudio de puestos de trabajo y planificación de plantillas.
  • Diseño de programas de acogida y motivación del personal.
  • Organización de los servicios y de la política de acción social
  • Estudio, preparación y negociación de convenios colectivos
  • Representación en el Tribunal Superior de Justicia (recurso de suplicación)
  • Representación de la empresa ante organismos públicos: Dirección Provincial de Trabajo, Inspección de Trabajo, SMAC, Juzgados de lo Social (1ª Instancia)
  • Relaciones laborales con los miembros del Comité de Empresa y Sindicatos
  • Coordinador y Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales en la Empresa.
  • Estudio de la política de contratación y elaboración de contratos de trabajo
  • Análisis de métodos de trabajo.

La capacitación del Graduado Social para el desempeño de las funciones citadas se apoya en los conocimientos adquiridos en las distintas materias acogidas dentro de lo que han sido sus planes de estudio en su carrera.

COLEGIACIÓN COMO NO EJERCIENTES

El Colegiado No Ejerciente es aquél que ostentando el correspondiente título académico de -Diplomado o Titulado de Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos, o Empleos-, no ejerce actividad profesional como tal.

Profesionales de la Administración Pública:

El Graduado Social puede acceder, previa superación de las correspondientes pruebas de oposición, concurso, o concurso-oposición a cualquiera de las Administraciones Públicas, para llevar a cabo las funciones propias de su especialidad. Aunque en la Administración española de momento no existe un cuerpo específico de Graduados Sociales/Relaciones Laborales, nuestros titulados pueden optar por cualquiera de las pruebas que dan acceso a los diferentes cuerpos o escalas en las que se exija un título universitario de primer o segundo ciclo. En particular, dada su especialización, citaremos aquellas oposiciones más adecuadas al perfil de los estudios en Relaciones Laborales:

Con el Título de Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos o con el Título Universitario de Segundo Ciclo: Diplomado en Relaciones Laborales + Licenciado en Ciencias del Trabajo: (Grupo A de la Administración Pública)

  • Inspectores de Trabajo y Seguridad Social
  • Técnicos Superiores de Seguridad Social
  • Cuerpos Técnicos Superiores de la Administración Pública y Autonómica.

Es posible también, dentro de la Administración Pública, acceder a diversos cuerpos dentro del ámbito de le enseñanza pública. En los últimos tiempos, los estudios en Relaciones Laborales encuentran abiertas nuevas puertas en este campo. En la actualidad tienen acceso a los siguientes cuerpos:

  • Profesores de Escuela Universitaria, en materias propias de su área de conocimiento
  • Profesores Técnicos de Formación Profesional.
  • Profesores de Enseñanza Secundaria, en la especialidad Administrativa y Comercial en particular, para impartir
  • Formación y Orientación Laboral-.
  • Profesores Colaboradores en la Universidad; que pueden ser contratados por las Universidades para impartir enseñanzas sólo en aquellas áreas de conocimiento que establezca el Gobierno, previo informe del Consejo de Coordinación Universitaria. Los Profesores Colaboradores tendrán la obligación de impartir enseñanzas teóricas y prácticas en cualquier centro de su Universidad. Aquellos profesores Diplomados o Titulados, Ingenieros Técnicos y Arquitectos técnicos, impartirán enseñanzas en el primer ciclo de las titulaciones y los Profesores Licenciados, Ingenieros y Arquitectos en primer y segundo ciclo.

Con el Título Universitario de Primer Ciclo: Diplomado en Relaciones Laborales (Grupo B de la Administración Pública).

  • Subinspectores de Empleo y Seguridad Social
  • Gestión de Empleo del INEM
  • Gestión de la Administración de la Seguridad Social.
  • Cuerpos de Gestión de la Administración Pública y Autonómica.
  • Técnicos de Empleo y Desarrollo Local.

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