«A veces las buenas intenciones pueden dar lugar a efectos indeseados», señaló Ocaña en la rueda de prensa para presentar los resultados del Plan de Lucha contra el Fraude, donde recordó que la calificación fiscal de los despidos tiene que ir ligada a la calificación laboral. «Hay que tener cuidado», añadió.

Actualmente, si una empresa prescinde de un trabajador con un despido improcedente, la indemnización que recibe no paga Impuesto sobre la Renta (IRPF) hasta el límite fijado en el Estatuto de los Trabajadores, 45 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades.

Sin embargo, si ese mismo trabajador deja la compañía a través de un ERE, sólo tiene exentos 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 meses, y si se recibe una indemnización mayor pactada con la empresa, tiene que tributar a Hacienda.

Por otro lado, preguntado por la proposición no de ley que se aprobó en el Congreso de los Diputados para facilitar más aplazamientos en las obligaciones tributarias, Ocaña dijo que será el diálogo social el que discutirá si es necesario o no adoptar nuevas medidas que, en todo caso, se añadirían a las que ya ha puesto en marcha al Agencia Tributaria.

A su parecer, la proposición no de ley insta a trabajar en soluciones y es lo que hará el Gobierno, pero de manera dialogada y en el seno del diálogo social. Además, recordó que el hecho de que el Congreso saque adelante una proposición de este tipo no quiere decir que el Gobierno tenga que tomar inmediatamente medidas sobre nuevos aplazamientos.

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