La Comisión Europea decidió ayer añadir 120 MHz al espectro radioeléctrico para las tecnologías de cuarta generación (4G) — como, por ejemplo, la LTE (Long Term Evolution) — en torno a la banda de 2 GHz. En la actualidad, dicha banda se utiliza exclusivamente para las comunicaciones inalámbricas con arreglo al UTMS (Sistema Universal de Telecomunicaciones Móviles), las denominadas redes 3G. Mediante esta Decisión, se impone a los Estados miembros la obligación de abrir el espectro en cuestión el 30 de junio de 2014, a más tardar, y se establecen condiciones técnicas armonizadas que permiten la coexistencia de las distintas tecnologías. Con esta ampliación, la UE dispondrá, al igual que en Estados Unidos, de hasta el doble de magnitud de espectro para banda ancha inalámbrica de alta velocidad, es decir, aproximadamente 1000 MHz.
Gracias a la Decisión de la Comisión, los operadores de telefonía móvil ampliarán sus oportunidades de inversión en redes móviles mejoradas, lo que redundará en beneficio de la economía en su conjunto, y, con el tiempo, los consumidores disfrutarán de transferencias de datos más rápidas y de servicios de banda ancha más numerosos. La ampliación del acceso al espectro radioeléctrico reservado a las tecnologías de 4G contribuirá de forma sustancial al logro del objetivo de la Agenda Digital en materia de banda ancha, consistente en garantizar una cobertura universal de la banda ancha en la UE de al menos 30Mb/s en 2020 (véanse asimismo los documentos IP/10/581, MEMO/10/199 y MEMO/10/200 ).
Neelie Kroes, vicepresidenta de la Comisión Europea, señaló que: «Esta ampliación del espectro para las tecnologías de 4G en Europa nos permitirá dar respuesta de manera más adecuada a la creciente y cambiante demanda de servicios inalámbricos de banda ancha. Deseo que los Estados miembros actúen con rapidez a la hora de modificar las actuales licencias. Todos saldremos beneficiados con unas conexiones inalámbricas más rápidas a escala europea».
La Decisión aplica la liberalización armonizada de la banda de 2 GHz (1920-1980 MHz emparejada con 2110-2170 MHz) en todos los Estados miembros, a fin de que en el futuro su utilización no dé lugar a una fragmentación del mercado interior.
Flexibilizar la utilización de las bandas del espectro mediante la eliminación de las restricciones tecnológicas es una forma rentable de desplegar una infraestructura inalámbrica avanzada en respuesta a la demanda del mercado.
El espectro radioeléctrico es un recurso extremadamente valioso pero cada vez más escaso. Su importancia socioeconómica ha aumentado de forma espectacular ya que los servicios inalámbricos tales como el acceso a la banda ancha y el «internet de los objetos» están invadiendo todos los ámbitos del sector empresarial y de la sociedad. Según fuentes del sector, el tráfico móvil de datos a escala mundial se incrementará en un 26 % anual de aquí a 2015. Para entonces, habrá 7 000 millones de teléfonos, tabletas y otros dispositivos móviles con posibilidad de conexión a internet.
Para resolver el problema que supone una explosión del tráfico inalámbrico de datos en un contexto de espectro libre insuficiente, es preciso aplicar un enfoque más inteligente en materia de gestión. Ello incluye un uso más racional de las bandas del espectro que ya se están utilizando, por ejemplo, mediante la supresión de las restricciones tecnológicas y el uso compartido del mismo.
La banda terrenal emparejada de 2 GHz (1920-1980 MHz emparejada con 2110-2170 MHz) es la que ha venido siendo utilizada tradicionalmente en las comunicaciones UMTS (redes de 3G) a raíz de la de la denominada Decisión UMTS, adoptada en 1999, mediante la que se autorizó la introducción coordinada y progresiva del UMTS en toda la UE para el 1 de enero de 2002.
A la hora de aplicar el programa de política del espectro radioeléctrico y, en particular, de cumplir el objetivo de lograr, como mínimo, 1200 MHz para los servicios inalámbricos de banda ancha, la gestión del inventario del espectro y el uso flexible y compartido del mismo constituyen aspectos prioritarios de la reforma de la UE relativa al espectro radioeléctrico destinada a estimular la innovación, la eficiencia en la utilización y la inversión.
Por tanto, la Decisión de la Comisión dispone una utilización flexible de las bandas de 1920-1980 MHz y de 2110-2170 MHz para los servicios de comunicaciones electrónicas en la UE basados en tecnologías inalámbricas avanzadas, como la LTE, así como en otras tecnologías aún más avanzadas. Tal como demuestran los avances del sector, dichas tecnologías permiten cada vez con mayor frecuencia ofrecer 30Mbps a varios usuarios a la vez, facilitando a los consumidores el acceso a la banda ancha de alta velocidad a precios competitivos.
La Comisión está considerando asimismo la aplicación de una medida de seguimiento en relación con el espectro terrenal no emparejado de 2GHz (1900-1920 MHz y 2010-2025 MHz), el cual, pese a que en la actualidad se asigna para su utilización por las redes UMTS, sigue sin emplearse en la UE en su conjunto. Con dicha iniciativa se pretende lograr un uso eficiente de las bandas no emparejadas, algo muy ventajoso desde el punto de vista económico, social y ambiental, considerando aplicaciones alternativas a la banda ancha móvil terrenal y teniendo en cuenta los derechos de uso vigentes. A este respecto, la Comisión ha otorgado un mandato a la CEPT (Conferencia Europea de Administraciones de Correos y de Telecomunicaciones) para que estudie cuáles son las aplicaciones adecuadas y para que desarrolle las condiciones técnicas y los acuerdos de uso compartido apropiados.
Enlaces útiles
La Comunicación de la Comisión se halla disponible en la siguiente dirección:
Decisión UTM Web sobre la política de espectro radioeléctrico