«El Comité considera que estos requisitos adicionales respecto a las remuneraciones contribuirán a una efectiva disciplina de mercado y permitirán valorar las prácticas retributivas y la calidad del apoyo de las entidades a posiciones de riesgo», señaló la institución.

En este sentido, los bancos deberán revelar información cualitativa y cuantitativa respecto a sus prácticas retributivas en áreas como el grado de vinculación entre la remuneración y la evolución de los resultados, el diseño y frecuencia del control de la estructura de pagos, así como la existencia de elementos de vinculación a largo plazo (pagos diferidos, ‘malus’, cláusulas de recuperación).

«Los requisitos han sido diseñados para proporcionar información suficientemente detallada a los partícipes del mercado para valorar las prácticas remunerativas de las entidades, pero sin que se desvele información confidencial o sensible», añade el BIS.

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