Senadores presentan proyecto para que se aplique la prisión preventiva en casos de violencia intrafamiliar y de género.
Los senadores Alejandra Sepúlveda y Esteban Velásquez presentaron una moción que busca imponer esa medida cautelar en los casos en que otras medidas menos gravosas decretadas previamente no se hayan cumplido.
La Prisión Preventiva es una medida de coerción procesal cautelar, de carácter personal, provisional y excepcional.
Según el Código Penal de Chile la Prisión Preventiva (PP) es la medida cautelar más gravosa, en cuanto implica la privación de libertad del imputado sin que se le haya probado su culpabilidad en el delito que se le atribuye.
La medida debiese reservarse exclusivamente para aquellos casos de mayor gravedad, esto es, (i) en los casos donde el imputado presente un riesgo para el debido proceso (ii) para la seguridad de la víctima y/o terceros, y (iii) donde exista evidencia contundente de que éste está efectivamente involucrado en el caso
La iniciativa fue remitida a la Comisión de Constitución para su estudio y según explican sus autores en el proyecto «busca modificar el sistema de medidas cautelares en las causas relacionadas a violencia intrafamiliar, debido a la existencia de múltiples casos en que la medida decretada no es lo suficientemente efectiva para prevenir la ocurrencia de nuevos actos de violencia en contra de la víctima».
Los senadores señalan que, si bien ha habido avances importantes en materia de legislación que combata la violencia intrafamiliar, como la aplicación de medidas de vigilancia telemática para hacer más efectiva la medida cautelar y sanción de prohibición de acercamiento a la víctima, hay casos en que ello resulta insuficiente.
A modo de ejemplo, destacan que existen diversos casos conocidos por la prensa donde los ofensores incumplen toda medida precautoria decretada, amenazando o incluso consumando ataques contra sus ex parejas.
«La medida de vigilancia telemática, que en su momento fue legislada por el Congreso Nacional para prevenir y cautelar posibles incumplimientos en medidas cautelares decretadas en el marco de violencia intrafamiliar, no ha sido aplicada en todo su potencial, porque su implementación depende de la factibilidad técnica de funcionamiento del equipo, no existiendo esta posibilidad en zonas rurales o alejada de centros urbanos, en donde los problemas de cobertura telefónica, o las distancias acotadas entre el domicilio del ofensor y la víctima dentro de un mismo centro urbano de poca extensión, no permiten su adecuada operación», señalan los senadores.
Por ello, advierten que «si ocurriese un incumplimiento a la medida de prohibición de acercamiento a la víctima o la prohibición de la posesión de armas en el marco de dicha legislación (violencia intrafamiliar) sea decretada en forma automática la prisión preventiva, con el interés primordial de resguardar la integridad de la víctima, y durante el plazo que sea necesario, a criterio del tribunal y el Ministerio Público, para establecer en definitiva una medida adecuada de protección de la víctima u obtener sentencia definitiva».