De ese modo lo informó la Asociación General de Consumidores (Asgeco).

La administración concursal finalizó el pasado viernes el envío de las cartas dirigidas a los afectados donde figuran los datos bancarios y las cantidades a devolver para que éstos den su consentimiento y el de sus bancos al juzgado para hacer efectivo el pago.

Asgeco advirtió de que las entidades bancarias «no deben cobrar nada por realizar el trámite de sellar la carta remitida por la administración concursal, certificando el titular de la cuenta» y de que si detecta irregularidades «se denunciarán».

La transferencia la efectuará la administración concursal, una vez recibida la carta, en muy pocos días, a cualquier banco que haya designado el afectado, explicó la asociación.

Así, en dos meses los afectados dispondrán de un 10% de la cantidad total de la inversión reconocida en el informe concursal y en sucesivas ocasiones, conforme se vayan liquidando los bienes, se efectuarán otros pagos.

El plan de liquidación de la administración concursal asegura este primer pago del 10% pero no garantiza el cobro del 100% de las inversiones, ya que «es difícil establecer un plan de pagos, pues todo dependerá de las vicisitudes de liquidación de los bienes», advierte el juez al aprobar el plan.

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