El artículo 34.2 de la Ley General Tributaria confirió al Consejo para la Defensa del Contribuyente la función de velar por los derechos de los contribuyentes, atendiendo a las quejas formuladas por éstos y realizando sugerencias y propuestas para la mejora del funcionamiento de la administración tributaria.

Tras la mejora regulatoria que supuso para los procedimientos tributarios la Ley General Tributaria, el Gobierno culmina ahora la adaptación y modernización de la regulación del Consejo de Defensa del Contribuyente para acomodarlo a los nuevos retos que exige la actual realidad jurídico-económica y social.

Se introducen, de este modo, modificaciones que refuerzan la configuración del Consejo como órgano asesor y de defensa de los derechos de los contribuyentes, reconociendo su independencia.

Se pretende conseguir una mayor seguridad jurídica en las relaciones entre el ciudadano y la administración tributaria al regularse el ámbito de las quejas y sugerencias, así como cuestiones tan importantes como la legitimación para interponerlas y los supuestos de inadmisión. También se han regulado las cuestiones procedimentales para cubrir las lagunas que existían en la normativa anterior.

Al término de la reunión del Consejo de Ministros, la vicepresidenta primera, María Teresa Fernández de la Vega, destacó que el objetivo de esta modificación es lograr una «mayor seguridad jurídica» en las relaciones entre el ciudadano y la administración tributaria.

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