El Grupo Socialista en el Congreso ha presentado una enmienda de gran relevancia al proyecto de ley por el que se modifican las leyes de Auditoría de Cuentas; la del Mercado de Valores y la de Sociedades Anónimas, con el que se adaptarían estas normas a la legislación comunitaria.

La enmienda supone una modificación del apartado 2 del artículo 105 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y con ella se pretende eliminar «los instrumentos de blindaje de los directivos» de las compañías, frente a potenciales inversores que pudieran tener la intención de lanzar una oferta pública de adquisición de acciones (obligatoria a partir del 30% del capital) o de comprar una participación significativa.

La modificación supone la prohibición de limitar los derechos de voto, generalmente del 10%, que figura en los estatutos de muchas compañías, especialmente las que tienen muy diluido su capital en Bolsa.

Al artículo de la Ley de Sociedades Anónimas que se modificaría se le añade el siguiente párrafo: «En ningún caso podrán los estatutos sociales limitar el número máximo de votos que pueda emitir un mismo accionista o sociedades pertenecientes a un mismo grupo, siendo nulas de pleno derecho las cláusulas estatutarias en que, directa o indirectamente, se establezca dicha limitación».

El cambio legal, si prospera, afectará a un buen número de empresas cotizadas. Tal es el caso de Telefónica, Repsol (en la que participa Sacyr con un 20% y La Caixa con un 14%) o Iberdrola (en la que ACS cuenta con el 12%), que limitan en sus estatutos el ejercicio de los derechos de voto a un 10% del capital. Entre los bancos, quedarían afectados el Popular y el Sabadell, con igual tope.

Con ciertas particularidades, destacan también los operadores de las redes eléctrica (REE) y gasística (Enagás), cuyo límite está en el 3%. En estas empresas, además, la ley prohíbe a cualquier inversor tener más de un 5% del capital, con la excepción del sector público. La limitación es más estricta en el caso de los operadores de sus respectivosmercados, que no pueden tener más del 3% y sus votos están acotados al 1%.

La medida alentaría la entrada de inversores en el capital de las cotizadas, que ahora no cuentan con el poder proporcional que correspondería a inversión. «A pocos inversores, salvo los estrictamente financieros, les puede interesar tener un paquete superior al 10% en esas compañías, pues a partir de ese participación pierden los derechos de voto», aseguran fuentes jurídicas, que califican el cambio como «revolucionario».

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