El pasado martes 4 de octubre se ha presentado en Fide, ante un numeroso aditorium integrado por abogados, jueces y otros profesionales del derecho (www.fidefundacion.es) el libro de Enrique Bacigalupo “Compliance y Derecho Penal, y editado por Thomson Reuters Aranzadi.
Abrió el acto Cristina Jiménez Savurido, Presidente de Fide, agradeciendo la presencia de los asistentes y de los intervinientes en la presentación, Luis Rodríguez Ramos, Manuel Conthe, y Miguel Colmenero, concediéndoles la palabra.
Luis Rodríguez Ramos destacó la importancia de los programas de compliance en el seno de la empresa, por su indispensable función de prevención general en la comisión de actos ilícitos, los cuales, por su transcendencia en el devenir de la empresa, no deben quedar circunscritos al ámbito penal, sino que también deberían de comprender el ámbito de la responsabilidad civil y administrativa.
Por su parte, Manuel Conthe expresó su coincidencia con el autor respecto de la identidad existente entre las categorías dogmáticas aplicables en el ordenamiento penal y el derecho administrativo sancionador, aunque si bien consideró a este último más benévolo que el propio del Derecho de la competencia, habida cuenta que la instauración de un programa de compliance constituye una atenuante en la aplicación de la pena.
Durante su intervención Conthe trasladó a los asistentes la preocupación, desde la perspectiva de la empresa, de la aplicación por parte de los Tribunales de la autoría mediata de los directivos por los delitos cometidos en el ámbito de la empresa, así como la interpretación y aplicación de los novedosos artículos 31 bis y 286 del Código Penal.
El Magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Miguel Colmenero, subrayó la dimensión ética que introducen los programas de compliance en el seno de la empresa, debido a que el deber de prevención ha experimentado una traslación del ámbito externo -propio de los poderes públicos- al ámbito interno de las personas jurídicas.
En su intervención Enrique Bacigalupo refirió a los asistentes que el origen de la obra se encuentra en los debates jurídicos que tienen lugar en Fide. La cuestiones destacadas por el autor fueron, la identidad dogmática entre las distintas manifestaciones sancionadoras del Derecho y sus consecuencias prácticas, así como los efectos trasnacionales que ha adquirido el Derecho Penal económico, y la necesidad de redefinir la noción del riesgo empresarial.
Enrique Bacigalupo no obvió referirse a la Instrucción de la Fiscalía 1/2011 que minora la transcendencia de los programas de compliance, incurriendo así en graves contradicciones, puesto que no valora wl establecimiento de esos programas al tiempo de comisión de un delito y, sin embargo, aboga por premiar como atenuante la promesa futura y cierta de la dotación del citado programa.