Los tres magistrados de la sección décimoquinta apoyan la tesis de que Asetma, que está personada en el procedimiento como acusación popular, «lo que busca realmente en el proceso no es acusar sino defender a sus afiliados», en referencia a los dos técnicos de mantenimiento imputados por presunto delito de homicidio, según consta en el auto.

«No se vislumbra signo alguno de que la asociación vaya a intervenir en el proceso como acusación popular», advierten los jueces. En su lugar, «todo apunta a que pretende realizar una defensa paralela de los propios imputados, que se hallan defendidos por sus propios letrados».

La asociación se personó en la causa para ejercer una acción penal contra los posibles responsables del siniestro, es decir, como acusación popular. En cambio, «su intervención se limita a ejercitar de abogado defensor reforzando y reafirmando la posición procesal de los imputados», según consideran los tres magistrados.

El auto advierte de que Asetma pretende «desactivar» la actuación de las acusaciones contra los dos técnicos que aún están imputados. Estos son Felipe G. R., la persona que diagnosticó el fallo en la sonda de temperatura del avión, y Jesús T., jefe de mantenimiento de Spanair en Barajas. El 19 de noviembre de 2008, el juez instructor del caso exculpó a Julio N. B., el mecánico de 28 años que acudió, junto con Felipe G. R., a la llamada del comandante Antonio García Luna para solucionar un fallo en el avión.

La Audiencia Provincial reconoce que ya han pasado seis meses desde el accidente, sin que hayan sido imputadas otras personas que los técnicos de mantenimiento, «cuya postura e intereses defiende lógicamente la asociación sindical». Es por ello que los magistrados reprenden al juez que instruye el caso, Javier Pérez, y advierten de que deberá sopesar todas las acusaciones populares personadas para evitar «abusos procesales». «Deben ser los jueces quienes controlen y eviten esos abusos».

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