Cinco años se han cumplido ya del referéndum del 1 de octubre celebrado en Cataluña. El clima de inestabilidad política, sumado a la posibilidad de que se declarase de forma unilateral la independencia, provocó una fuga generaliza de empresas que, sorprendentemente, se mantiene hasta día de hoy impulsada, aseguran desde el despacho Círculo Legal Barcelona, por una cuestión fiscal.

En un primer momento, muchas empresas de calado decidieron trasladar su domicilio social a otras Comunidades Autónomas como Madrid, Valencia o Andalucía buscando cierta estabilidad institucional, económica y financiera”, afirma el abogado y socio del despacho Círculo Legal Barcelona, Jorge Fernández, que cifra entre 7.500 y 8.000 las empresas que han llevado a cabo dicho cambio de residencia social.

Para el experto, el hecho de que la inmensa mayoría de las empresas que se marcharon no hayan retornado debería llamar a la reflexión de los gobernantes, pues “es evidente de que no se trata de una cuestión vinculada en exclusiva al ‘procés’, sino que obedece a cuestiones de mayor calado y viene a repercutir en la cuenta de resultados de las empresas que se deben a sus socios y accionistas y su derecho a percibir dividendos”.

Una política fiscal poco atractiva para las empresas

Las cuestiones de mayor calado a las que se refiere Fernández son variables como la estabilidad económica y financiera o la política fiscal. Y es que, al clima político que rodea al Gobierno de la Generalitat hay que añadir los cambios de política fiscal que algunas Comunidades Autónomas gobernadas por el Partido Popular (PP) están introduciendo este año, como, por ejemplo, deflactar el IRPF o la bonificación total del Impuesto sobre el Patrimonio.

En el caso concreto del Impuesto de Sociedades se trata de un tributo que es igual en todo el territorio español, pero hay que tener en cuenta que existen otros impuestos de competencia autonómica que afectan directamente al bolsillo y los ingresos de los directivos.

Entran en esta categoría el de la renta, con considerables diferencias entre Comunidades Autónomas en sus tramos más altos, o impuestos como el de Transmisiones Patrimoniales y Actor Jurídicos Documentados, el de Operaciones Societarias o el Impuesto de Donaciones y Sucesiones, que gozan de un tratamiento fiscal más beneficioso en otras zonas respecto a Cataluña”, alerta el abogado.

Por todo esto, desde el despacho llaman a la reflexión sobre aquello que no se está haciendo bien para evitar que se siga incentivando a directivos y consejos de administración a trasladar su domicilio social. “Es un tema relevante, pues no hablando solo de sociedades limitadas de pequeño tamaño, sino de empresas y sociedades anónimas que están cotizando en el IBEX, que se han ido y no han regresado”, concluye.

Fuente: Círculo Legal Barcelona

 

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