La Comisión de Constitución del Senado de Chile aprobó en general la «Ley Nibaldo», en memoria del profesor descuartizado.

Se trata de una moción que tipifica el delito de mutilación o descuartizamiento de un cuerpo sin vida.

La iniciativa conocida como «Ley Nibaldo», en memoria del profesor Nibaldo Villegas, quien fue asesinado y posteriormente descuartizado, busca tipificar como delito la mutilación de un cadáver y que sea sancionado de acuerdo con la brutalidad de los hechos.

El proyecto que modifica el Código Penal para tipificar como delito la mutilación o descuartizamiento de un cadáver y que busca que casos como el ocurrido al profesor Nibaldo Villegas, sean sancionados de acuerdo a la brutalidad de los hechos, establece penas que van desde 541 días a 3 años.

La instancia despejó algunas dudas y dio la unanimidad a la idea de legislar. Se espera que la próxima semana se puedan hacer precisiones al texto para despacharlo.

Tras escuchar la exposición del director del Servicio Médico Legal (SML), Gabriel Zamora, la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento aprobó por unanimidad la idea de legislar sobre el proyecto que modifica el Código Penal, para sancionar el ultraje de cadáver y de sepultura.

Después de escuchar al doctor Zamora, la Comisión despejó una serie de dudas respecto de la redacción y acordó que en una próxima sesión se puedan hacer algunas precisiones al texto a fin de evitar interpretaciones.

En lo fundamental, el proyecto establece que serán sancionados con la pena de reclusión menor en su grado medio, es decir 541 días a 3 años, el que en menosprecio de la memoria de quien hubiere muerto, exhume total o parcialmente sus restos humanos; sustraiga restos humanos de quien los tuviere legítimamente, o manipule restos humanos o cenizas, realizando actos que los afecten considerablemente.

Además, se establece la misma sanción para quien «en menosprecio de la memoria de quien hubiere muerto, profane su sepultura».

Cabe recordar que para el estudio de la iniciativa, se escuchó previamente a su autora, la diputada Carolina Marzán.

Ley Nibaldo

La parlamentaria Carolina Marzan recordó que el asesinato y posterior descuartizamiento del malogrado profesor remeció a la opinión pública por la brutalidad con que actuaron sus autores con el cadáver del hombre, siendo sancionados solo por el homicidio pero no por el ultraje posterior que cometieron, puesto que no existe la sanción respectiva tipificada en el Código Penal. Cabe señalar que, en la actualidad, la sanción solo rige en caso de vejación de una sepultura.

«Para la familia ha sido un proceso doloroso y va relacionado con quién fue esa persona y su dignidad…los autores fueron sentenciados, pero lo que sucedió con el cadáver no fue sancionado porque no está normado. No se contempla sanción por tal aberración», dijo la diputada tras señalar que existe una falta de respeto debido a la memoria de una persona muerta.

 

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