Se incluye en el Modelo 309 la identificación del transmitente de medios de transporte nuevo, y del adjudicatario que tenga la condición de empresario o profesional, en los procedimientos administrativos o judiciales de ejecución forzosa.
El 6 de octubre de 2017 se publicó en la web del Ministerio de Hacienda el proyecto de Orden por la que se modifican la Orden HAC/3625/2003, de 23 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 309 de declaración-liquidación no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido, la Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 030 de declaración censal de alta en el censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, que pueden utilizar las personas físicas, se determinan el lugar y forma de presentación del mismo, así como otra normativa tributaria.
Modelo 309
Se incorporan dos mejoras de carácter técnico en el modelo 309 «Declaración liquidación no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido», sustituyendo el anexo I de la Orden HAC/3625/2003, de 23 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 309 de declaración-liquidación no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido, por el anexo II de esta nueva Orden:
- • Inclusión como dato identificativo del transmitente de medios de transporte nuevos, el número de identificación fiscal a efectos del IVA.
- • Identificación del adjudicatario, que tenga la condición de empresario o profesional, en los procedimientos administrativos o judiciales de ejecución forzosa a que se refiere la DA 6ª de la Ley del IVA.
Modelo 030
Se sustituye el anexo de la Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 030 » Declaración censal de alta en el Censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, que pueden utilizar las personas físicas», por el anexo III de la presente orden, con el objetivo de incorporar mejoras también de carácter técnico en esta declaración, principalmente consistentes en la creación de un nuevo apartado de teléfonos y direcciones electrónicas.
Modelo 353
Se modifican los anexos I y II de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la AEAT. Los motivos de esta modificación son principalmente técnicos y de gestión recaudatoria, para incluir el modelo 353, «Grupo de entidades. Modelo agregado. Autoliquidación mensual», en la agrupación de ingreso correspondiente al anexo I de la mencionada orden y para proceder a su correspondiente eliminación del anexo II.
Entrada en vigor
La presente orden entrará en vigor el día 1 de enero de 2018, no obstante, las modificaciones introducidas en la Orden EHA/2027/2007 entrarán en vigor cuando comience la primera quincena de las definidas en el artículo 29 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, correspondiente al mes de febrero de 2018.